En el mes de julio de 2006 el Tribunal de Ética Médica de FEMI dictó un fallo por el que sancionó la conducta ética del Dr. Diego Magga, en un expediente iniciado a solicitud de dicho profesional.
Previo a la adopción de la referida sanción gremial, el Tribunal de Ética Médica, entre otros elementos probatorios, recabó los dictámenes periciales de reconocidos docentes universitarios, especialistas en las distintas materias objeto de análisis.
A este Tribunal le compete únicamente juzgar comportamientos éticos, no siendo de su jurisdicción fallar conductas sometidas a los tribunales de la República.
En el día de ayer la prensa nacional informó ampliamente sobre un fallo de la Justicia por el que se habría dispuesto el archivo de la denuncia presentada por el Ministerio de Salud Pública contra el Dr. Diego Magga.
Si bien por razones reglamentarias los fallos emitidos por el Tribunal de Ética Médica de FEMI no son revisables, la existencia de esta decisión de la justicia, por la que la eutanasia activa indirecta en este caso no daría mérito a un proceso penal, ha determinado la decisión del Comité Ejecutivo de FEMI de no emitir opinión sobre este asunto hasta tanto no haya tenido acceso al expediente judicial.
Comité Ejecutivo
Federación Médica del Interior
Montevideo, 23 de febrero de 2007.