Estimado/a Profesional de la Salud:
Hasta el momento, se ha mantenido una frecuencia creciente de reclamaciones por una
eventual mala praxis contra médicos y otros profesionales de la salud, que preocupa profundamente al SAIP, y
nos obliga a insistir en alertar a nuestros afiliados sobre la necesidad de adoptar las precauciones debidas y
mantener al día nuestras coberturas para estas contingencias en sus múltiples aspectos: defensa legal,
respaldo psicológico y solidario, y eventualmente el soporte económico.
A la fecha más de 3.000 afiliados dejan sentada la confianza que el colectivo de profesionales de la
salud ha depositado en este servicio gremial y solidario creado para satisfacer necesidades no cubiertas por
los tradicionales seguros en lo vinculado a la responsabilidad profesional, que resultaron fórmulas
ampliamente superadas por la realidad.
Por ello la Comisión Administradora del SAIP continúa trabajando para expandir y proyectar un servicio
que brinde respaldo a los profesionales ante reclamos por mala praxis y promueva, a través de conferencias y
encuentros en todo el país, pautas y herramientas para un desarrollo profesional ajustado a los requerimientos
de la sociedad y de los tiempos en que nos toca vivir.
¿Cuáles son las principales características del SAIP?
Es un Servicio de afiliación voluntaria, en el cual el profesional opta por una categoría de afiliación
de acuerdo con:
a) su profesión,
b) el riesgo de una eventual mala praxis al que está expuesto por su
actuación profesional, y
c) su edad.
El Reglamento que articula el Servicio fue diseñado por profesionales del Derecho y por profesionales
de la Salud.
El Servicio se encuentra regulado por el Banco Central del Uruguay según la normativa para mutuas de
acuerdo con el decreto
El aporte anual es fijado sobre la base de pautas gremiales manteniendo, en esta nueva cobertura,
sin incrementar el costo del aporte anual en todas la categorías de afiliación.
Se busca la integración de todos los Profesionales de la Salud Humana incorporando a médicos,
odontólogos, nurses, instrumentistas, parteras y psicólogos. En este proceso de integración participan
en la Comisión Administradora Honoraria la Federación Médica del Interior (FEMI), la Mesa de
Sociedades Anestésico Quirúrgicas (SAQ) y la Asociación Odontológica Uruguaya (AOU).
Se otorga cobertura a todos los profesionales del país, acordando la difusión del SAIP con la
Federación Médica del Interior (FEMI), con la cual se organizan actividades por departamentos y
regiones.
Se mantiene, como en la cobertura anterior, las categorías de afiliación que contemplan a los
jóvenes profesionales (Practicantes de Medicina y Médicos Residentes) con costos muy reducidos
que fomentan la afiliación temprana y promueven la cultura de prevención en la práctica médica.
Se mantiene las categorías para los profesionales jubilados, atento a la normativa vigente, que
establece en veinte años el plazo que puede distar entre un evento dañoso y su eventual reclamación,
dos décadas de incertidumbre, a fin de que el profesional jubilado cuente con un respaldo, ante
eventuales reclamos por mala praxis, para el mejor goce de su merecido retiro.
¿Cuáles son las prestaciones del SAIP?
Asesoramiento legal y defensa en materia civil y penal y sus eventuales derivaciones en materia
administrativa y laboral. El asesoramiento está a cargo de un estudio jurídico de notorio prestigio en la defensa
profesional que, para los casos radicados en el interior del país, articula su gestión con abogados regionales o
locales.
Subsidio económico destinado a cubrir las obligaciones legales emergentes de su responsabilidad profesional
en caso de un fallo adverso, luego de agotadas todas las instancias judiciales pertinentes.
El subsidio máximo se mantiene, al igual que en las coberturas anteriores, en USD 50.000 (dólares americanos
cincuenta mil) por evento. El beneficiario podrá por año acumular solicitudes de cobertura por un equivalente a
dos subsidios máximos (USD 100.000).
El subsidio se otorga por actos profesionales (dentro de la especialidad o actividad específica declarada en la
suscripción) generadores de responsabilidad profesional realizados durante la vigencia del contrato. Cuando se
tratare de beneficiarios en actividad, el subsidio económico se otorgará aunque el reclamo se plantee luego de
finalizada la afiliación, pero siempre dentro de un período igual al de la duración de esta, con un máximo de cuatro
años.
No existen deducibles ni quitas en los subsidios.
Consultorio de Responsabilidad Profesional, a cargo de los integrantes de la Comisión Administradora
Honoraria del SAIP, que tiene entre sus cometidos brindar una contención integral al profesional que le permita
afrontar las perturbaciones, en la salud física y psíquica, en el entorno familiar y laboral, provocadas por las
múltiples instancias de un proceso judicial. Además, entre sus cometidos están: examinar las estadísticas de
siniestralidad y cotejarlas con los antecedentes disponibles, y realizar recomendaciones en beneficio de una
mejor calidad en el ejercicio profesional.
Equipo de “Asistencia y apoyo para preservar la salud mental en situaciones de estrés”, integrado por
médicos psiquiatras con amplia experiencia tanto a nivel público como privado. Este equipo participa
semanalmente de las reuniones de la Comisión Administradora en donde se realiza el primer contacto con el
afiliado afectado, y de acuerdo con su requerimiento, se pacta la posibilidad de generar una estrategia
terapéutica.
Servicio de Emergencia Médica Jurídica a través del 094 606077. Servicio telefónico para emergencias fuera
del horario de oficina, sábados, domingos y feriados.
Promoción y difusión de todo tipo de iniciativas de carácter preventivo, que tengan por objetivo el
incremento de la seguridad en la realización del acto profesional asistencial, por medio de cursos, conferencias,
talleres, congresos y jornadas, confección de normas sistemáticas y estadísticas y edición de publicaciones, así
como por nuestra página Web www.saip.org.uy
Anexo a la presente se detalla las categorías de la cobertura de referencia y los costos del aporte anual,
impuestos incluidos, expresados en dólares americanos.
Además, a nivel informativo, se adjunta la estadística de adhesión al Servicio por la cobertura 2006-2007.
Esperando su pronta integración saludan muy cordialmente,





IMPORTANTE
Advertencia a los afiliados:
1. Ante todo hecho o comentario vinculado al ejercicio profesional que pueda surgir una acción de demanda civil o denuncia penal, solicitamos comunicarse inmediatamente con SAIP (Consultorio Profesional) acompañado de un breve relato (denuncia preventiva) de los hechos y circunstancias que dieron origen a tal entredicho (evento). Es muy importante, además, obtener la historia clínica del paciente en cuestión.
2. Los beneficios entrarán en vigencia desde el día de la afiliación.
3. Ante la necesidad de los gremios locales de mayor información o aclaraciones, comunicarse con el Dr. Luis Cavalieri (094-432644) a efectos de coordinar visitas de la Comisión Administradora o con la Sra. Silvana Sarralde en FEMI (1750)
SERVICIO DE ATENCION INTEGRAL PROFESIONAL ( SAIP)
INFORME A COMISION DIRECTIVA Y AL SECRETARIADO GREMIAL DE FEMI
DR. LUIGI CAVALIERI CETRANGOLO/ MAYO DE 2008
ANTECEDENTES
Si bien desde 1876 el Código Civil Uruguayo establece la responsabilidad civil contractual del médico (o la institución) en 20 años desde la ocurrencia del hecho inculpado; hasta 1985, no existían en nuestro país antecedentes de demandas por malpraxis.
Desde ese año, se produce una creciente ola de demandas, que inquietan a los colegas; iniciándose en1986, en el ámbito del SMU, la consideración de algunas medidas contingentes.
En 1988 se realiza la primera Jornada Nacional de Responsabilidad Médica que visualiza el Seguro de Responsabilidad Civil como una alternativa válida.
SEGURO DE MALPRAXIS BSE
En 1990 comienza la cobertura del BSE en régimen monopólico.
En 1994 se constituye una “Comisión de seguimiento del Seguro” en la órbita del SMU, dirigida por el Profesor Alberto Piñeyro, (actual Presidente del SAIP); y se contrata una póliza colectiva BSE - SMU con un número de adherentes que oscilaron entre 790 y 1450 (entre ellos numerosos médicos del interior ); que con altibajos, pero de forma continua permanece hasta el 30 de setiembre de 2005.
La relación con el BSE se fue deteriorando: por diferentes motivos:
- económicos: la póliza paso de 140 dólares anuales a 890 dólares anuales
- conceptuales: no recogió diferencia de riesgo por edad ni por especialización
- de gestión : produjo muchas exclusiones de derecho y de hecho, (muchas de ellas sorprendentes luego del siniestro).
En los 2 últimos años, el relacionamiento fue particularmente difícil, con rechazo de siniestros y negativa a brindar información estadística de siniestrabilidad; inexistencia de una política de educación y manejo de riesgos, y (para colmo) una modificación de las estrategias de defensa que entró a transar las demandas, y no a litigar hasta la casación.
SAIP FIDEICOMISO
El SMU luego de realizar un estudio (con autorización de la Suprema Corte de Justicia) de todas las demandas presentadas en los Juzgados Civiles de Montevideo contra médicos en el año 2004, en conocimiento de la realidad regional (Colegios médicos de Argentina y Chile) ; y luego de un “largo peregrinaje estéril en los ámbitos legislativos”, decide la creación del SAIP :
“un autoseguro conducido por el SMU, bajo la forma de un Fideicomiso de Administración de los fondos; incorporando conceptos diferenciales “sin fines de lucro” con actividades de prevención” y “contención y apoyo psicológico permanente al afiliado”.
El 1º de octubre de 2005 se constituye SAIP y el 14/11/2005 se celebró el contrato entre el SMU como fiduciante y Fondos Médicos S.A. como fiduciario transfiriendo el monto total de los aportes de los afiliados y todo otro recurso, “para que lo administre e invierta fiduciariamente”
Ya desde su creación, SAIP ofrece la cobertura a “todos los profesionales de la salud”: médicos, odontólogos, psicólogos, nurses, parteras, etc.
- FEMI y la Asociación Odontológica del Uruguay, fueron desde el inicio, expresamente invitadas a participar de la gestión del nuevo servicio a través de un representante permanente en el Consejo Directivo “ en pie de igualdad” (asumimos en junio del 2006) ; beneficio que obtienen posteriormente también las “Sociedades Anestésico- Quirúrgicas”, a su expresa solicitud.
El 14/04/ 2007 el Decreto 178/2007 del Poder Ejecutivo (recurrido sin éxito por todas las Compañías Aseguradoras) autoriza al SAIP a operar bajo la forma jurídica de una “MUTUA de SEGUROS”.
A esos efectos, “el Fideicomiso” no resultó una forma jurídica válida para el Banco Central del Uruguay que es la Autoridad reguladora y fiscalizadora en materia de seguros.
Con el asesoramiento profesional del Dr. Delpiazzo y del Escribano Llorente se analizan diferentes alternativas de personería jurídica, concluyendo que la COOPERATIVA es la mejor para el SAIP lo cual se aprueba por unanimidad en la Comisión Administradora.
Se encarga al Escribano Llorente la tramitación ante el Ministerio de Educación y Cultura.
El 9/11/07, según acta de fundación se constituye una cooperativa que se denominó Servicio de Asistencia Integral Profesional Cooperativa aprobándose su estatuto.
Con fecha 13/11/07 la Cooperativa quedó registrada en el Registro de Personas Jurídicas Sección Comercio con el número 25132; y el 27/11/07 la Cooperativa quedó inscripta en DGI y BPS con el numero de RUT 2160167 00 16.
Cumpliendo los plazos legales, el 28/01/ 2008 se realizó Asamblea de Socios a efectos de integrar la Comisión Electoral, que tiene a su cargo la redacción del Reglamento de Elecciones asi como fijar fecha para el acto electoral (no mas allá de setiembre de 2008); realizar los controles correspondientes y proclamar a las nuevas autoridades.
(La Dra. Nancy Sena representa actualmente a FEMI en esta Comisión.)
Desde el punto de vista económico- financiero la asamblea del SMU aprobó el pasaje de los fondos del “Fideicomiso” a SAIP Cooperativa.
En referencia a los controles del Banco Central, se nos aplicó la normativa de las compañías aseguradoras con 2 consecuencias:
1- la contratación de una AUDITORIA EXTERNA ACREDITADA; (TEA)
2- la “reserva” (inmovilización financiera) de 50.000 dólares por cada juicio en trámite, lo cual obviamente disminuye el capital utilizado en colocaciones financieras y nos hará ser muy prudentes en el precio de las pólizas en el futuro ( si bien quizás no aumenten, obviamente ya no será posible abatir su precio ).
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE FEMI
Desde el punto de vista operativo, ocupamos el lugar de FEMI en el Consejo Directivo, y en el Consultorio de Responsabilidad Profesional, participando “en pie de igualdad” tanto en las tareas de administración, como en las de articulación de defensa y contención de los Colegas que acuden al servicio.
(Contamos con asesoramiento Jurídico, Administrativo Contable y Psiquiátrico en cada sesión del consultorio de responsabilidad profesional)
También participamos en tareas de educación en las áreas de: - responsabilidad profesional,- relación médico- paciente relación médico - médico – equipo de salud y error médico así como en la promoción del SAIP a través de “Jornadas de capacitación e intercambio”(que aspiramos a reiterar anualmente) con los Colegas y Secretarios gremiales del Interior en FEMI y/o en todos los lugares del Interior que lo soliciten ( hasta el momento : Paysandú, Tacuarembó, Durazno, Canelones , Maldonado)
El objetivo es llegar a la totalidad de los médicos del Interior, a través de las gremiales de FEMI; si fuera posible en forma periódica tanto con la tarea educativa de prevención de malpraxis, como con la promoción del SAIP a efectos de lograr que nuestra práctica médica sea cada vez mas segura y con menos conflictos.
SOCIOS
La primer cobertura (2005-2006) se inició con 1741 afiliados de Montevideo y 659 del interior. (Total 2400)
La segunda cobertura (2006-2007) contó con 2118 afiliados en Montevideo y 934 en el Interior (total 3052)
Al 2/05/2008 el SAIP cuenta con 3684 afiliados de los cuales el 69% (2530) de Montevideo y el 31% (1154) del Interior.
EVENTOS periodo 1/10/2005 al 7/04/2008
- 215 “denuncias preventivas” ( puesta en conocimiento de la Comisión Administradora de situaciones con riesgo de demandas y/o denuncias)
- 113 Citaciones a conciliación; 28 en el Interior.
- 47 audiencias penales, 22 en el interior.
- 47 demandas civiles: 16 en el interior.
En secretaria ( segre@femi.com.uy), están a disposición los documentos gráficos originales.
Dr. Luigi Cavalieri Cetrangolo
5/05/2008